Buenos días, añadiré un poco de información al respecto sobre lo que ya comentasteis
@Jacky y
@10 pfennigAl estallar la guerra el monetario circulante como es bien sabido por todos consistía en billetes de la Monarquía emitidos por el Banco de España cuyo valor más bajo era de 25 pesetas, monedas de plata de cinco pesetas, de dos pesetas, de una peseta i de cincuenta céntimos además de piezas de níquel de 25 céntimos y las monedes de cobre de diez y cinco céntimos. Todas estas monedas habían sido creadas por la desaparecida monarquía y la Republica Española las mantuvo en circulación legal. También existían en circulación monedas de plata de 1 peseta i de níquel por valor de 25 céntimos acuñadas por la Republica entre lo años 1932 y 1934 pero en cantidades muy reducidas.
Dicho esto la alteración de las circunstancias económicas y sociales al estallar la guerra afecto las condiciones productivas y la economía de Cataluña y todo el territorio como es lógico y entendible que afecto en proporciones extraordinarias el ritmo de la actividad financiera.
De esto se derivo una gran escasez de moneda fraccionaria, ya que desde los primeros meses de la declaración del estado de guerra se produjo un intenso atesoramiento por parte de la población de las monedas de plata como posible valor refugio y aparente seguridad del mismo.
De esto deriva la continua desaparición del monetario fraccionario sin que los continuos decretos de prohibición del acaparamiento y atesoramiento de las monedas tuviesen efecto ninguno entre la población, empresas, cooperativas etc.
Por otra parte no benefició que le propio gobierno de la Republica ante la necesidad de controlar la plata y tener acceso a los mercados internacionales con monetario de valor decidiese retirar las emisiones de plata que entraban en sus arcas (decreto del 13 octubre 1936).
Ciertamente era lo más normal, pues un país en situación de guerra no se podía permitir mantener el patrón plata en su moneda.
Para compensar la retirada de las monedas de plata el Gobierno de la Republica con una resolución del 13 de octubre de 1936 pone en circulación los famosos certificados de plata en papel con unos valores de 10 y 5 céntimos que ja tenían preparados desde el año 1935 (en previsión de un fuerte aumento del valor de la plata). Estos certificados de plata se emitieron en una cantidad totalmente insuficiente y su valor nominal era muy alto para poder sustituir los valores fraccionarios necesarios en el día a día. A esto hay que sumar que las monedas de cobre también empezaron a desaparecer sea por el propio acaparamiento por parte de la población y por la propia industria de guerra.
Con todo esto se produce un colapso en las transacciones comerciales de la población en toda la zona de la Republica. Cabe recordar que el sueldo mensual aproximadamente de un obrero era de 18 pesetas y en zonas rurales menos, así el coste de productos como pan 1 kg 75 céntimos, 1 litro leche 80 céntimos, un periódico 10 céntimos, 1 kg de patatas 25 céntimos, etc.
Esto provoco en Cataluña donde el tejido de las cooperativas estaba muy extendido que estas empezaran emitir vales fraccionarios así mismo las fabricas y comercios, cosa que en un primer momento daba un pequeño respiro, pero no era una solución sino una manera de cautivar las transacciones comerciales en ese comercio.
Por aquel momento el Gobierno de la Republica era incapaz de solventar todo este problema con la fabricación y distribución del suficiente numerario para todo el territorio por la situación bélica. (Recordar emisiones en Asturias, Euskadi, Consejo de Santander, Palencia y Burgos, Baleares, etc ).
Dicho esto en Cataluña la Generalitat decidió poner orden con toda la falta de monetario fraccionario y al desorden causado por todas las emisiones privadas que en aquel momento estaban creciendo incontroladamente así en setiembre de 1936 se aprueba la creación de la primera emisión de billetes de la Generalitat de Catalunya garantizados por el tesoro de esta y no con billetes del Banco de España, con valores de 10 pesetas, 5 pesetas y 2,50 Pesetas, teniendo muy buena aceptación pero realmente no solucionando el problema de la moneda fraccionaria.
Es entonces cuando la Generalitat faculta a los Ayuntamientos a crear valores divisionarios de curso legal y obligatoria, pero limitados al termino municipal. Los ayuntamientos con esto pueden emitir al estar facultados por el Gobierno de la Generalitat con la modificación de la ley municipal catalana del día 9 de octubre de 1936 que les autorizaba a organizarse autónomamente en el plano local su vida económica, administrativa, cultural y de defensa entre otros.
Hay que precisar que esto no significaba que los ayuntamientos pudiesen emitir moneda legalmente como tal, pero si que estaban autorizados a organizar y regular su vida económica en el municipio, así que lo que hicieron realmente fue “cortar “ en pequeños trozos simbólicamente hablando lo que era la moneda legal circulante del Banco de España, ya que estas emisiones tenían que estar todas garantizadas con depósitos de billetes de curso legal por valor equivalente a la emisión realizada por el municipio.
Con esta facultad resulto que la mayoría de los municipios catalanes realizaron emisiones de papel para cubrir las faltas de moneda fraccionaria a finales del año 1936 y durante el año 1937 de los valores de 1 peseta 50 céntimos, 25 céntimos, 10 y 5 céntimos mayoritariamente, existiendo algunos valores superiores en algún municipio.
Con esto se consiguió poner un poco de orden al gran numero de vales particulares que existían a la vez que un poco de control ya que todas estas emisiones tenían que ser comunicadas y publicadas en el Diario Oficial de Cataluña.
Con el paso de los años se hace difícil entender por que no fue la Generalitat quien realizase estas emisiones de papel fraccionario como hizo con las de 10, 5 y 2,5 pesetas, pero si bien hay que entender la situación de urgencia, guerra y real desorden que imperaba por todos los territorios con presiones anarquistas en muchos municipios etc.
El hecho es que al final si existieron estas emisiones dando un servicio en los municipios sobretodo en los pequeños y más aislados donde el fraccionario era muy escaso y difícil de hacer llegar, a la vez que en cualquier compra a otro municipio desaparecía y ya no volvía, con este sistema se lograba tener un poco de orden y control en la economía local, aun que es cierto que con el transcurso de la guerra y la consecuente precariedad los billetes municipales eran aceptados fuera de su municipio.
De los 1075 municipios existentes solo no emitieron ningún signo monetario 366 siendo la mayoría pequeñísimos municipios del pirineo, pero también existen excepciones como algún municipio mayor de 2000 habitantes como son Anglesola o Caserres, o los de la conurbación de Barcelona como son Hospitalet 48500 habitantes etc, que usaron los billetes emitidos por el ayuntamiento de Barcelona.
En cuanto a la distribución geográfica de las emisiones podemos observar como en la zona de la provincia de Tarragona todos los municipios realizaron emisión, teniendo en cuenta que un 36% de los municipios no emitió en Cataluña.
El Gobierno de la Republica ya con sede en Valencia por decretos del Ministerio de Hacienda y Economía firmados por Manuel Azaña Presidente de la Republica y publicados en la Gaceta del día 8 de enero y 25 de febrero de 1938, prohíbe la emisión y circulación de todo el papel moneda y otros signos monetarios emitidos por corporaciones y organismos regionales o locales, declarándolos ilegales y ordenando su retirada en el plazo de un mes bajo el control de sus inspectores.
Los municipios mostraron reticencias a la orden de retirar sus emisiones, pues seguía persistiendo la falta de fraccionario, pocos ayuntamientos se decidieron ha hacer el canje de los mismos y finalmente la Generalitat de Cataluña ordena la retirada de los mismos en Decreto del 25 de febrero de 1938.
La realidad por eso supero a las ordenes y muchos siguieron circulando. Hay que tener claro que por aquellas fechas Cataluña ya se encontraba cercada por la tropas Nacionales y la llegada de fraccionario desde la zona de Valencia se hacia difícil.
Así mismo en las zonas de frente cómo son las del Ebro (una de las que a mí me ocupa) esta necesidad se hizo más imperiosa.
Dicho esto hay que remarcar que prácticamente por toda la geografía de la Republica existieron emisiones numerosas en territorios como la Comunidad Valenciana, Aragón y Andaluza, lo que pasa que no han sido hasta épocas más tardías objeto de estudio y de coleccionismo, cosa que a contribuido a su desconocimiento y menor conservación y subsistencia de los mismos a día de hoy.